EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 50/2009, de 24 de abril de 2009 [1].
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 298/2009 de la Comisión, de 8 de abril de 2009, que modifica el Reglamento (CE) no 474/2006 por el que se establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad [2].
DECIDE:
Artículo 1
En el anexo XIII del Acuerdo, en el punto 66zab [Reglamento (CE) no 474/2006 de la Comisión] se añade el siguiente guión:
- "— 32009 R 0298: Reglamento (CE) no 298/2009 de la Comisión, de 8 de abril de 2009 (DO L 95 de 9.4.2009, p. 16).".
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) no 298/2009 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 30 de mayo de 2009, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE [*] todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 2009.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan Seatter
_________________________
[1] DO L 162 de 25.6.2009, p. 31.
[2] DO L 95 de 9.4.2009, p. 16.
[*] No se han indicado preceptos constitucionales.
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