EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) El 15 de septiembre de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/736/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) ( 1 ). Dicha Acción Común fue posteriormente modificada mediante la Acción Común 2008/759/PESC ( 2 ) y la Acción Común 2009/294/PESC ( 3 ).
(2) La Acción Común 2008/736/PESC expirará el 14 de septiembre de 2009. La Misión debe prorrogarse por un período adicional de doce meses, hasta el 14 de septiembre de 2010.
(3) La Acción Común 2008/736/PESC establece, en su versión modificada, un importe de referencia financiera de 37 100 000 EUR destinados a sufragar los gastos de la misión hasta el 14 de septiembre de 2009. Este importe de referencia financiera debe aumentarse en 12 500 000 EUR con objeto de cubrir los gastos de la Misión hasta el 14 de septiembre de 2010.
(4) La Acción Común 2008/736/PESC debe modificarse en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
Artículo 1
La Acción Común 2008/736/PESC queda modificada como sigue:
1) En el artículo 14, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la Misión será de 49 600 000 EUR.».
2) El artículo 18 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 18
Entrada en vigor y duración
La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción y expirará el 14 de septiembre de 2010.».
Artículo 2
La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 27 de julio de 2009.
Por el Consejo
El Presidente
C. BILDT
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( 1 ) DO L 248 de 17.9.2008, p. 26.
( 2 ) DO L 259 de 27.9.2008, p. 15.
( 3 ) DO L 79 de 25.3.2009, p. 60.
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