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Documento DOUE-L-2009-81311

Reglamento (CE) nº 675/2009 de la Comisión, de 27 de julio de 2009, relativo a la apertura de una licitación para la reducción del derecho de importación en España de sorgo procedente de terceros países.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 196, de 28 de julio de 2009, páginas 5 a 5 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2009-81311

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) ( 1 ), y, en particular, su artículo 144, leído en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud de las obligaciones internacionales de la Comunidad en el marco de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay ( 2 ), la Comunidad se comprometió a importar en España una cantidad determinada de sorgo.

(2) El Reglamento (CE) n o 1296/2008 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los contingentes arancelarios por importación de maíz y de sorgo en España y de maíz en Portugal ( 3 ), establece las disposiciones específicas para la realización de las licitaciones.

(3) Habida cuenta de las condiciones del mercado en España, procede abrir una licitación para la reducción del derecho de importación de sorgo con objeto de utilizar en su totalidad el contingente de importación.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Gestión de la Organización Común de Mercados Agrícolas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. Se procederá a una licitación de la reducción del derecho contemplado en el artículo 136 del Reglamento (CE) n o 1234/2007 del sorgo que se importe en España.

2. Se aplicarán las disposiciones del Reglamento (CE) n o 1296/2008.

Artículo 2

La licitación estará abierta hasta el 17 de diciembre de 2009.

Durante la misma, se procederá a licitaciones parciales cuyas fechas de presentación de ofertas se determinarán en el anuncio de licitación.

Artículo 3

Los certificados de importación expedidos en el marco de la licitación serán válidos durante cincuenta días a partir de la fecha de expedición, en el sentido del artículo 11, apartado 4, del Reglamento (CE) n o 1296/2008.

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de julio de 2009.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

__________________________

( 1 ) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

( 2 ) DO L 336 de 23.12.1994, p. 22.

( 3 ) DO L 340 de 19.12.2008, p. 57.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 27/07/2009
  • Fecha de publicación: 28/07/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 28/07/2009
  • Fecha de derogación: 01/06/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, con efectos de 1 de junio de 2010, por Reglamento 464/2010, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2010-80901).
Referencias anteriores
Materias
  • Contingentes arancelarios
  • España
  • Importaciones
  • Licencia de importación
  • Sorgo

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