EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado sobre la Unión Europea y, en particular, su artículo 14, Considerando lo siguiente:
(1) El 12 de junio de 2007, el Consejo adoptó la Acción Común 2007/406/PESC relativa a la Misión de asesoramiento y asistencia de la Unión Europea en materia de reforma del sector de la seguridad en la República Democrática del Congo (EUSEC RD Congo) ( 1 ), que sustituyó a la misión establecida previamente por la Acción Común 2005/355/PESC ( 2 ).
(2) El 26 de junio de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/491/PESC ( 3 ) por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2007/406/PESC, prorrogándola hasta el 30 de junio de 2009.
(3) Tras las consultas con las autoridades congoleñas y otras partes afectadas, resulta necesario prorrogar la Misión por un período adicional. El 12 de mayo de 2009, el Comité Político y de Seguridad recomendó prorrogar la Misión tres meses más.
(4) Procede modificar la Acción Común 2007/406/PESC en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
Artículo 1
La Acción Común 2007/406/PESC se modifica del siguiente modo:
1) En el artículo 9, el segundo párrafo se sustituye por el siguiente texto:
«El importe de referencia financiera para cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de septiembre de 2009 será de 8 450 000 EUR.».
2) En el artículo 16, el segundo párrafo se sustituye por el siguiente texto:
«Se aplicará hasta el 30 de septiembre de 2009.».
Artículo 2
La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, el 25 de junio de 2009.
Por el Consejo
El Presidente
L. MIKO
_________________
( 1 ) DO L 151 de 13.6.2007, p. 52.
( 2 ) DO L 112 de 3.5.2005, p. 20.
( 3 ) DO L 168 de 28.6.2008, p. 42.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid