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Documento DOUE-L-2009-80906

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 28/2009, de 17 de marzo de 2009, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 130, de 28 de mayo de 2009, páginas 21 a 21 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2009-80906

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 100/2008 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2008/15/CE de la Comisión, de 15 de febrero de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya la clotianidina como sustancia activa en su anexo I ( 2 ).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2008/16/CE de la Comisión, de 15 de febrero de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el etofenprox como sustancia activa en su anexo I ( 3 ).

DECIDE:

Artículo 1

En el anexo II del Acuerdo, en el capítulo XV, en el punto 12n (Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), se añaden los siguientes guiones:

«— 32008 L 0015: Directiva 2008/15/CE de la Comisión, de 15 de febrero de 2008 (DO L 42 de 16.2.2008, p. 45), — 32008 L 0016: Directiva 2008/16/CE de la Comisión, de 15 de febrero de 2008 (DO L 42 de 16.2.2008, p. 48).».

Artículo 2

Los textos de las Directivas 2008/15/CE y 2008/16/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 18 de marzo de 2009, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 17 de marzo de 2009.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan SEATTER

___________________________

( 1 ) DO L 309 de 20.11.2008, p. 22.

( 2 ) DO L 42 de 16.2.2008, p. 45.

( 3 ) DO L 42 de 16.2.2008, p. 48.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 17/03/2009
  • Fecha de publicación: 28/05/2009
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Espacio Económico Europeo
  • Productos químicos
  • Sustancias peligrosas

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