EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) El 12 de febrero de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/112/PESC ( 1 ), relativa a la Misión de la Unión Europea de apoyo a la reforma del sector de la seguridad en la República de Guinea-Bissau (UE SSR GUINEABISSAU). Dicha Acción Común caducará el 31 de mayo de 2009.
(2) Mediante carta de 14 de abril de 2009, Guinea-Bissau solicitó a la Unión Europea que prorrogase seis meses más el mandato de la misión, hasta el 30 de noviembre de 2009.
(3) La Acción Común 2008/112/PESC debe modificarse en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
Artículo 1
La Acción Común 2008/112/PESC se modifica COMO SIGUE:
1) En el artículo 1, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. La Unión Europea (UE) establece una Misión de la UE en apoyo a la reforma del sector de la seguridad en la República de Guinea-Bissau, denominada en lo sucesivo “EU SSR GUINEA-BISSAU” o “la Misión”, que comprenderá una fase preparatoria a partir del 26 de febrero de 2008 y una fase de aplicación que se iniciará a más tardar el 1 de mayo de 2008. La Misión durará 18 meses a partir de la declaración de capacidad operativa inicial.».
2) El párrafo segundo del artículo 17 se sustituye por el texto siguiente:
«Se aplicará hasta el 30 de noviembre de 2009.».
Artículo 2
La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 18 de mayo de 2009.
Por el Consejo
El Presidente
J. KOHOUT
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( 1 ) DO L 40 de 14.2.2008, p. 11.
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