EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Decisión n o 1622/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación «Capital Europea de la Cultura» para los años 2007 a 2019 ( 1 ), y, en particular, su artículo 14,
Visto el informe del Comité de selección de 5 de noviembre de 2008 presentado a la Comisión, al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el artículo 14, apartado 2, de la Decisión n o 1622/2006/CE,
Considerando que se cumplen íntegramente los criterios establecidos en el artículo 14, apartado 3, de la Decisión n o 1622/2006/CE,
Vista la Recomendación de la Comisión de 8 de abril de 2009,
DECIDE:
Artículo único
Guimarães y Maribor son designadas «Capital Europea de la Cultura de 2012», de conformidad con el artículo 14 de la Decisión n o 1622/2006/CE.
Hecho en Bruselas, el 12 de mayo de 2009.
Por el Consejo
La Presidenta
M. KOPICOVÁ
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( 1 ) DO L 304 de 3.11.2006, p. 1.
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