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Documento DOUE-L-2009-80490

Acción Común 2009/294/PESC del Consejo, de 23 de marzo de 2009, por la que se modifica la Acción Común 2008/736/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia, EUMM Georgia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 79, de 25 de marzo de 2009, páginas 60 a 60 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2009-80490

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El 15 de septiembre de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/736/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (1), con un importe de referencia financiera de 31 000 000 EUR.

(2) El 25 de septiembre de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/759/PESC por la que se modifica la Acción Común 2008/736/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia, EUMM Georgia (2), con objeto de aumentar el importe de referencia financiera a 35 000 000 EUR.

(3) El importe de referencia financiera para la EUMM Georgia debe volver a aumentarse, con efectos desde el 1 de febrero de 2009, con el fin de tener en cuenta las necesidades operativas adicionales de la Misión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

En el artículo 14, el apartado 1 de la Acción Común 2008/736/PESC, se sustituye por el texto siguiente:

«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la Misión será de 37 100 000 EUR.».

Artículo 2

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Será aplicable a partir del 1 de febrero de 2009.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 23 de marzo de 2009.

Por el Consejo

El Presidente

P. GANDALOVIÈ

_______________________

(1) DO L 248 de 17.9.2008, p. 26.

(2) DO L 259 de 27.9.2008, p. 15.

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 23/03/2009
  • Fecha de publicación: 25/03/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 23/03/2009
  • Aplicable desde el 1 de febrero de 2009.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 14.1 de la Acción común 2008/736, de 15 de septiembre (Ref. DOUE-L-2008-81842).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Georgia
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común

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