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EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 106/2008 del Comité Mixto del EEE de 26 de septiembre de 2008 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 1379/2007 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2007, por el que se modifican los anexos IA, IB, VII y VIII del Reglamento (CE) no 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los traslados de residuos, para adaptarlos al progreso técnico y a los cambios acordados en el marco del Convenio de Basilea (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 32c [Reglamento (CE) no 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XX del Acuerdo se añade el texto siguiente:
«, modificado por:
— 32007 R 1379: Reglamento (CE) no 1379/2007 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2007 (DO L 309 de 27.11.2007, p. 7).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) no 1379/2007 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 8 de noviembre de 2008, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 7 de noviembre de 2008.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
S.A.S. el Príncipe Nikolaus von LIECHTENSTEIN
_________________________
(1) DO L 309 de 20.11.2008, p. 33.
(2) DO L 309 de 27.11.2007, p. 7.
(*) Se han indicado preceptos constitucionales.
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