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Documento DOUE-L-2008-81349

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 22/2008, de 14 de marzo de 2008, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 182, de 10 de julio de 2008, páginas 5 a 6 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2008-81349

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 132/2007, de 26 de octubre de 2007 [1].

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2007/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos preenvasados, se derogan las Directivas 75/106/CEE y 80/232/CEE del Consejo y se modifica la Directiva 76/211/CEE del Consejo [2].

(3) La Directiva 2007/87/CE deroga, con efectos a partir del 11 de abril de 2009, las Directivas 75/106/CEE [3] y 80/232/CEE [4] del Consejo, incorporadas al Acuerdo, que, en consecuencia, deben suprimirse del mismo con efectos a partir del 11 de abril de 2009.

DECIDE:

Artículo 1

El capítulo IX del anexo II del Acuerdo se modifica como sigue:

1) En el punto 15 (Directiva 76/211/CEE del Consejo), se añade el guión siguiente:

- "— 32007 L 0045: Directiva 2007/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 247 de 21.9.2007, p. 17).".

2) Después del punto 27b (Directiva 2004/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), se añade el punto siguiente:

"27c. 32007 L 0045: Directiva 2007/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos preenvasados, se derogan las Directivas 75/106/CEE y 80/232/CEE del Consejo y se modifica la Directiva 76/211/CEE del Consejo (DO L 247 de 21.9.2007, p. 17).".

3) El texto de los puntos 12 (Directiva 75/106/CEE del Consejo) y 25 (Directiva 80/232/CEE del Consejo) se suprimirá con efectos a partir del 11 de abril de 2009.

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2007/45/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 15 de marzo de 2008, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE [*****] todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2008.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan Seatter

_________________

[1] DO L 100 de 10.4.2008, p. 1.

[2] DO L 247 de 21.9.2007, p. 17.

[3] DO L 42 de 15.2.1975, p. 1.

[4] DO L 51 de 25.2.1980, p. 1.

[*****] No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 14/03/2008
  • Fecha de publicación: 10/07/2008
  • Entrada en vigor: 15 de marzo de 2008, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Envases
  • Espacio Económico Europeo
  • Productos alimenticios
  • Reglamentaciones técnico sanitarias

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