EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 300, apartado 2,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 101,
Visto el Reglamento (CEE) no 3955/92 del Consejo, de 21 de diciembre de 1992, relativo a la celebración en nombre de la Comunidad Económica Europea de un Acuerdo por el que se crea un Centro internacional para la ciencia y la tecnología entre los Estados Unidos de América, Japón, la Federación de Rusia y, actuando como una parte, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Comunidad Económica Europea (1), y, en particular, su artículo 3, apartados 1, 2 y 3, y el Reglamento (Euratom) no 3956/92 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1992, relativo a la celebración por la Comunidad Europea de la Energía Atómica de un Acuerdo por el que se crea un Centro internacional de ciencia y tecnología entre los Estados Unidos de América, Japón, la Federación de Rusia y, actuando como una parte, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Comunidad Económica Europea (2), y, en particular, su artículo 3,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) Actuando como una parte, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Comunidad Económica Europea (en lo sucesivo, «las Comunidades»), celebraron, el 21 de diciembre de 1992, el Acuerdo por el que se crea un Centro Internacional para la ciencia y la tecnología (en lo sucesivo, «el Acuerdo»).
(2) El 27 de febrero de 2007, la Confederación Suiza notificó al Consejo de administración del Centro Internacional para la ciencia y la tecnología (en lo sucesivo, «el Consejo de administración») su intención de convertirse en Parte del Acuerdo.
(3) De acuerdo con el artículo XIII del Acuerdo, el Consejo de administración es responsable de aprobar esta adhesión.
(4) Las Comunidades están representadas en el Consejo de administración por la Presidencia del Consejo y por la Comisión.
DECIDEN:
Artículo 1
Queda aprobada la adhesión de la Confederación Suiza al Acuerdo por el que se crea un Centro Internacional para la ciencia y la tecnología entre los Estados Unidos de América, Japón, la Federación de Rusia y, actuando como una Parte, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Comunidad Económica Europea.
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(1) DO L 409 de 31.12.1992, p. 1.
(2) DO L 409 de 31.12.1992, p. 10.
Artículo 2
Los representantes de la Presidencia del Consejo y de la Comisión en el Consejo de administración quedan autorizados para aprobar la adhesión de la Confederación Suiza al Acuerdo.
Hecho en Bruselas, el 22 de noviembre de 2007.
Por la Comisión
El Presidente
José Manuel BARROSO
Por el Consejo
El Presidente
M. PINHO
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