EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Vista la Acción Común 2005/797/PESC del Consejo, de 14 de noviembre de 2005, sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (1), y, en particular, su artículo 14, apartado 2, en relación con el artículo 23, apartado 2, segundo guión, del Tratado de la Unión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) El 14 de noviembre de 2005, el Consejo adoptó la Acción Común 2005/797/PESC, sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos para un período de tres años. La fase operativa de la Misión comenzó el 1 de enero de 2006.
(2) El 20 de noviembre de 2006, el Consejo adoptó la Decisión 2006/807/PESC (2) en la que se establece que el presupuesto destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión, desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, será de 2 800 000 euros.
(3) Este presupuesto podría cubrir los gastos relacionados con la Misión desde el 1 de enero de 2007 hasta el 29 de febrero de 2008.
DECIDE:
Artículo 1
El artículo 1 de la Decisión 2006/807/PESC queda sustituido por lo siguiente:
«Artículo 1
1. El presupuesto definitivo contemplado para cubrir los gastos relacionados con la Misión desde el 1 de enero de 2007 hasta el 29 de febrero de 2008 será de 2 800 000 euros.
2. El Consejo decidirá el presupuesto de EUPOL COPPS para el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2008 antes del 29 de febrero de 2008.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2007.
Por el Consejo
El Presidente
A. COSTA
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(1) DO L 300 de 17.11.2005, p. 65.
(2) DO L 329 de 25.11.2006, p. 76.
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