EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) El 15 de septiembre de 2006, el Consejo adoptó la Acción Común 2006/623/PESC (1), que expira el 30 de noviembre de 2007.
(2) El mandato del Equipo de Preparación OCI/REUE debe modificarse y prorrogarse hasta el 31 de marzo de 2008, o 30 días después del nombramiento del Representante de la Comunidad Internacional RCI/REUE, siempre que este suceda antes del 1 de marzo de 2008.
(3) La Acción Común 2006/623/PESC debe modificarse y prorrogarse en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
Artículo 1
La Acción Común 2006/623/PESC queda prorrogada hasta el 31 de marzo de 2008, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Acción Común.
Artículo 2
El importe de referencia financiera de 3 551 000 EUR, tal como figura en el artículo 9, apartado 1, de la Acción Común 2006/623/PESC, se incrementará en 1 692 000 EUR para cubrir los gastos relativos al mandato del Equipo de Preparación OCI/REUE desde el 1 de diciembre de 2007 hasta el 31 de marzo de 2008.
Artículo 3
El artículo 14, apartado 2, de la Acción Común 2006/623/PESC se sustituirá por el texto siguiente:
«2. Expirará el 31 de marzo de 2008, o 30 días después del nombramiento del RCI/REUE, siempre que este suceda antes del 1 de marzo de 2008.».
Artículo 4
La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 5
La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 19 de noviembre de 2007.
Por el Consejo
El Presidente
L. AMADO
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(1) DO L 253 de 16.9.2006, p. 29. Acción Común prorrogada por la Acción Común 2007/517/PESC (DO L 190 de 21.7.2007, p. 38).
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