EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 44, apartado 2, 47, apartado 2, última frase, 55, 57, apartado 2, 71, 80, apartado 2, 93, 94, 133 y 181 bis, en relación con su artículo 300, apartado 2, primer párrafo, segunda frase, y apartado 3, párrafo primero,
Visto el Tratado de adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía y, en particular, su artículo 4, apartado 3,
Vista el Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía y, en particular, su artículo 6, apartado 2,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) El 23 de octubre de 2006, el Consejo autorizó a la Comisión, en nombre de la Comunidad y sus Estados miembros, a negociar con la República de Moldova un Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros y la República de Moldova (1), para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea.
(2) A reserva de su celebración en una fecha posterior, el Protocolo rubricado el 22 de febrero de 2007 debe firmarse en nombre de las Comunidades Europeas y sus Estados miembros.
(3) El Protocolo debe aplicarse de forma provisional a partir del 1 de enero de 2007, a la espera de que culminen los procedimientos pertinentes para su celebración oficial.
DECIDE:
Artículo 1
El Presidente del Consejo queda autorizado para designar a la (s) persona (s) facultada (s) para firmar, en nombre de las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, el Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea, a reserva de su posible celebración en una fecha posterior.
El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.
_____________
(1) DO L 181 de 24.6.1998, p. 3.
Artículo 2
A la espera de su entrada en vigor, el Protocolo se aplicará de forma provisional a partir de 1 de enero de 2007.
Hecho en Bruselas, el 22 de marzo de 2007.
Por el Consejo
El Presidente
W. TIEFENSEE
PROTOCOLO
del Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, relativo a la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía al ACC
EL REINO DE BÉLGICA,
LA REPÚBLICA DE BULGARIA,
LA REPÚBLICA CHECA,
EL REINO DE DINAMARCA,
LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA,
LA REPÚBLICA DE ESTONIA,
LA REPÚBLICA HELÉNICA,
EL REINO DE ESPAÑA,
LA REPÚBLICA FRANCESA,
IRLANDA,
LA REPÚBLICA ITALIANA,
LA REPÚBLICA DE CHIPRE,
LA REPÚBLICA DE LETONIA,
LA REPÚBLICA DE LITUANIA,
EL GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO,
LA REPÚBLICA DE HUNGRÍA,
LA REPÚBLICA DE MALTA,
EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS,
LA REPÚBLICA DE AUSTRIA,
LA REPÚBLICA DE POLONIA,
LA REPÚBLICA PORTUGUESA,
RUMANÍA,
LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA,
LA REPÚBLICA ESLOVACA,
LA REPÚBLICA DE FINLANDIA,
EL REINO DE SUECIA,
EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE,
en lo sucesivo denominados «los Estados miembros», representados por el Consejo de la Unión Europea, y
LA COMUNIDAD EUROPEA Y LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA,
en lo sucesivo denominadas «las Comunidades», representadas por el Consejo de la Unión Europea, y la Comisión Europea, por una parte, y
LA REPÚBLICA DE MOLDOVA, por otra,
en lo sucesivo denominadas «las Partes» a efectos del presente Protocolo,
VISTAS las disposiciones del Tratado entre el Reino de Bélgica, la República Checa, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República de Estonia, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, Irlanda, la República Italiana, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Hungría, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República de Polonia, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, la República Eslovaca, la República de Finlandia, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Estados miembros de la Unión Europea) y la República de Bulgaria y Rumanía sobre la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea, que fue firmado en Luxemburgo el 25 de abril de 2005 y entrará en vigor el 1 de enero de 2007,
CONSIDERANDO la nueva situación de las relaciones entre la República de Moldova y la Unión Europea, derivada de la adhesión a la UE de dos nuevos Estados miembros que brinda oportunidades y plantea desafíos para la cooperación entre la República de Moldova y la Unión Europea;
TENIENDO EN CUENTA el deseo de las Partes de garantizar la consecución y la realización de los objetivos y principios del ACC.
HAN CONVENIDO EN LO SIGUIENTE:
Artículo 1
La República de Bulgaria y Rumanía pasan a ser Partes en el Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, que se firmó en Bruselas el 28 de noviembre de 1994 y entró en vigor el 1 de julio de 1998 (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), y deberán adoptar y tomar nota, de la misma manera que los otros Estados miembros de la Comunidad, de los textos del Acuerdo, así como de las Declaraciones conjuntas, las Declaraciones y los Canjes de Notas adjuntos al Acta final firmada en esa misma fecha y del Protocolo del Acuerdo de 10 de abril de 1997, que entró en vigor el 12 de octubre de 2000, y del Protocolo del Acuerdo de 29 de abril de 2004.
Artículo 2
El presente Protocolo forma parte integrante del Acuerdo.
Artículo 3
1. El presente Protocolo será aprobado por las Comunidades, por el Consejo de la Unión Europea en nombre de los Estados miembros y por la República de Moldova con arreglo a sus propios procedimientos.
2. Las Partes se notificarán recíprocamente la conclusión de los correspondientes procedimientos a los que se refiere el apartado anterior. Los instrumentos de aprobación se depositarán en la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea.
Artículo 4
1. El presente Protocolo entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la fecha de depósito del último instrumento de aprobación.
2. A la espera de su entrada en vigor, el presente Protocolo se aplicará provisionalmente con efectos a partir del 1 de enero de 2007.
Artículo 5
1. Los textos del Acuerdo, el Acta final y todos los documentos adjuntos, así como los Protocolos de los Acuerdos de 10 de abril de 1997 y 29 de abril de 2004, se redactan en lenguas búlgara y rumana.
2. Esos textos se adjuntan al presente Protocolo y tienen la misma autenticidad que los textos en las otras lenguas en los que están redactados el Acuerdo, el Acta final y los documentos adjuntos, así como los Protocolos de los Acuerdos de 10 de abril de 1997 y 29 de abril de 2004.
Artículo 6
El presente Protocolo se redacta en dos ejemplares en lenguas alemana, búlgara, checa, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa, rumana, sueca y moldava, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.
Texto omitido
Hecho en Bruselas, el diecisiete de abril de dos mil siete.
V Bruselu dne sedmnáctého dubna dva tisíce sedm.
Udfærdiget i Bruxelles den syttende april to tusind og syv.
Geschehen zu Brüssel am siebzehnten April zweitausendsieben.
Kahe tuhande seitsmenda aasta aprillikuu seitsmeteistkümnendal päeval Brüsselis.
Texto omitido
Done at Brussels on the seventeenth day of April in the year two thousand and seven.
Fait à Bruxelles, le dix-sept avril deux mille sept.
Fatto a Bruxelles, addì diciassette aprile duemilasette.
Briselē, divi tūkstoši septītā gada septiņpadsmitajā aprīlī.
Priimta du tūkstančiai septintųjų metų balandžio septynioliktą dieną Briuselyje.
Kelt Brüsszelben, a kettőezer-hetedik év április havának tizenhetedik napján.
Magħmul fi Brussell, fis-sbatax jum ta' April tas-sena elfejn sebgħa.
Gedaan te Brussel, de zeventiende april tweeduizend zeven.
Sporządzono w Brukseli dnia siedemnastego kwietnia dwa tysiące siódmego.
Feito em Bruxelas, em dezassete de Abril de dois mil e sete.
Texto omitido
V Bruseli dňa sedemnásteho apríla dvetisícsedem.
V Bruslju, sedemnajstega aprila leta dva tisoč sedem.
Tehty Brysselissä seitsemäntenätoista päivänä huhtikuuta vuonna kaksituhattaseitsemän.
Som skedde i Bryssel den sjuttonde april tjugohundrasju.
Texto omitido
Por los Estados miembros
Za členské státy
For medlemsstaterne
Für die Mitgliedstaaten
Liikmesriikide nimel
Texto omitido
Pour les États membres
Per gli Stati membri
Dalībvalstu vārdā
Valstybių narių vardu
A tagállamok rėszéről
Għall-Istati Membri
Voor de lidstaten
W imieniu państw członkowskich
Pelos Estados-Membros
Pentru statele membre
Za členské štáty
Za države članice
Jäsenvaltioiden puolesta
På medlemsstaternas vägnar
IMAGEN OMITIDA EN PÁGINA 24
Texto omitido
Por las Comunidades Europeas
Za Evropská společenství
For De Europæiske Fællesskaber
Für die Europäischen Gemeinschaften
Euroopa ühenduste nimel
Texto omitido
Pour les Communautés européennes
Per le Comunità europee
Eiropas Kopienu vārdā
Europos Bendrijų vardu
Az Európai Közösségek részéről
Għall-Komunitajiet Ewropej
Voor de Europese Gemeenschappen
W imieniu Wspólnot Europejskich
Pelas Comunidades Europeias
Pentru Comunitatea Europeană
Za Európske spoločenstvá
Za Evropski skupnosti
Euroopan yhteisöjen puolesta
På Europeiska gemenskapernas vägnar
IMAGEN OMITIDA EN PÁGINA 24
Texto omitido
Por la República de Moldavia
Za Moldavskou republiku
For Republikken Moldova
Für die Republik Moldau
Moldova Vabariigi nimel
Texto omitido
For the Republic of Moldova
Pour la République de Moldova
Per la Repubblica moldova
Moldovas Republikas vārdā
Moldovas Respublikos vardu
A Moldovai Köztársaság részéről
Għar-Repubblika tal-Moldova
Voor de Republiek Moldavië
W imieniu Republiki Mołdowy
Pela República da Moldávia
Pentru Republica Moldova
Za Moldavskú republiku
Za Republiko Moldavijo
Moldovan tasavallan puolesta
På Republiken Moldaviens vägnar
IMAGEN OMITIDA EN PÁGINA 24
________
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid