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Documento DOUE-L-2007-80213

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 1425/2006 del Consejo, de 25 de septiembre de 2006, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinadas bolsas y bolsitas de plástico originarias de la República Popular China y Tailandia, y se da por concluido el procedimiento relativo a las importaciones de determinadas bolsas y bolsitas de plástico originarias de Malasia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 49, de 17 de febrero de 2007, páginas 36 a 36 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-80213

TEXTO ORIGINAL

En la página 38, en la lista del anexo I, en la columna de la izquierda:

donde dice: «CHUN YIP (SHENZHEN) PLASTICS LIMITED», debe decir: «CHUN YIP PLASTICS (SHENZHEN) LIMITED».

En la página 39, en la lista del anexo I, en la columna de la izquierda:

donde dice: «WEIFANG YUJIE PLASTICS PRODUCTS CO., LTD.», debe decir: «WEIFANG YUJIE PLASTIC PRODUCTS CO., LTD.».

En la página 40, en la lista del anexo I, en la columna de la izquierda:

donde dice: «XIAMEN XINYATAI PLASTIC INDUSTRY CO. LTD.», debe decir: «XIAMEN XINGYATAI PLASTIC INDUSTRY CO. LTD.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/02/2007
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1425/2006, de 25 de septiembre (Ref. DOUE-L-2006-81817).
Materias
  • China
  • Derechos antidumping
  • Envases
  • Importaciones
  • Malasia
  • Plásticos
  • Tailandia

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