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Documento DOUE-L-2006-82029

Reglamento (CE) nº 1586/2006 de la Comisión, de 24 de octubre de 2006, que modifica el Reglamento (CE) nº 1483/2006 en lo que respecta a las cantidades de la licitación permanente para la reventa en el mercado comunitario de cereales en poder de los organismos de intervención de los Estados miembros.

Publicado en:
«DOUE» núm. 294, de 25 de octubre de 2006, páginas 21 a 24 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2006-82029

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1784/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (1), y, en particular, su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante el Reglamento (CE) no 1483/2006 de la Comisión (2) se han abierto licitaciones permanentes para la reventa en el mercado comunitario de cereales en poder de los organismos de intervención de los Estados miembros.

(2) Teniendo en cuenta la situación de los mercados del trigo blando, del maíz y del centeno en la Comunidad y la evolución de la demanda de cereales constatada en las distintas regiones durante las últimas semanas, es necesario que en algunos Estados miembros haya nuevas cantidades disponibles de los cereales en poder de los organismos de intervención. Por lo tanto, es conveniente que se autorice a los organismos de intervención de los Estados miembros de que se trate para que aumenten las cantidades de la licitación: de trigo blando, hasta 350 000 toneladas en Alemania y en Hungría, hasta 172 272 toneladas en Suecia, hasta 174 021 toneladas en Dinamarca y hasta 30 000 toneladas en Finlandia; de maíz, hasta 100 000 toneladas en Hungría y en Eslovaquia, y de centeno, hasta 236 565 toneladas en Alemania.

(3) Procede modificar el Reglamento (CE) no 1483/2006 en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 1483/2006 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de octubre de 2006.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

______________________________________

(1) DO L 270 de 21.10.2003, p. 78. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1154/2005 de la Comisión (DO L 187 de 19.7.2005, p. 11).

(2) DO L 276 de 7.10.2006, p. 58.

ANEXO

«ANEXO I

LISTA DE LAS LICITACIONES

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 22 A 24

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 24/10/2006
  • Fecha de publicación: 25/10/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 25/10/2006
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo I del Reglamento 1483/2006, de 6 de octubre (Ref. DOUE-L-2006-81920).
Materias
  • Cereales
  • Organismo de intervención
  • Venta

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