EL COMITÉ MIXTO,
Visto el Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre Japón y la Comunidad Europea, y, en particular, sus artículos 8.3.a) y 9.1.b),
Considerando que el Comité mixto debe tomar una decisión para inscribir un organismo u organismos de evaluación de la conformidad en un anexo sectorial.
DECIDE:
1) El organismo de evaluación de la conformidad indicado a continuación se registrará en el anexo sectorial sobre equipos terminales de telecomunicación y equipos radioeléctricos del Acuerdo, a efectos de los productos y los procedimientos de evaluación de la conformidad indicados más adelante.
Nombre, acrónimo y señas del organismo de evaluación de la conformidad:
Nombre: Phoenix Testlab GmbH
Teléfono: +49 5235 9500 24
Fax: +49 5235 9500 28
E-mail: bentje.holger@phoenix-testlab.de
Dirección: Königswinkel 10, 32825 Blomberg, Germany
Sitio web: http://www.phoenix-testlab.de
Persona de contacto del OEC: Holger Bentje
Alcance del registro por lo que respecta a los productos y procedimientos de evaluación de la conformidad:
A efectos de la Ley de radiofonía (Radio Law):
Equipos radioeléctricos especificados en el artículo 38-2.1.1 de la Ley de radiofonía
2) La presente Decisión, hecha por duplicado, será firmada por los copresidentes y surtirá efecto a partir de la fecha de la última firma.
Firmado en Tokio el 12 de junio de 2006.
En nombre de Japón
Komiko ICHIKAWA
Firmado en Bruselas el 31 de mayo de 2006.
En nombre de la Comunidad Europea
Andra KOKE
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