Está Vd. en

Documento DOUE-L-2006-81131

Decisión nº 4/JP/2005 del Comité mixto instituido en el marco del Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Japón, de 14 de marzo de 2006, relativa al registro de un organismo de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial sobre productos eléctricos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 167, de 20 de junio de 2006, páginas 31 a 32 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2006-81131

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre Japón y la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 8, apartado 3, letra a), y su artículo 9, apartado 1, letra b),

Considerando que el Comité mixto debe tomar una decisión para inscribir un organismo u organismos de evaluación de la conformidad en un anexo sectorial.

DECIDE:

1) El organismo de evaluación de la conformidad indicado a continuación se registrará en el anexo sectorial sobre productos eléctricos del Acuerdo, a efectos de los productos y los procedimientos de evaluación de la conformidad indicados más adelante.

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 31 Y 32

2) La presente Decisión, hecha por duplicado, será firmada por los copresidentes. La presente Decisión surtirá efecto a partir de la fecha de la última de ambas firmas.

Firmado en Tokio el 14 de diciembre de 2005.

En nombre de Japón

Komiko ICHIKAWA

Firmado en Bruselas el 14 de marzo de 2006.

En nombre de la Comunidad Europea

Andra KOKE

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 14/03/2006
  • Fecha de publicación: 20/06/2006
  • Efectos desde el 14 de marzo de 2006.
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Certificación comunitaria
  • Electrónica
  • Japón
  • Normalización

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid