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Documento DOUE-L-2006-80683

Acción Común 2006/303/PESC del Consejo, de 25 de abril de 2006, por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/355/PESC relativa a la Misión de asesoramiento y asistencia de la Unión Europea en materia de reforma del sector de la seguridad en la República Democrática del Congo (RDC).

Publicado en:
«DOUE» núm. 112, de 26 de abril de 2006, páginas 18 a 18 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2006-80683

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El 2 de mayo de 2005 el Consejo adoptó la Acción Común 2005/355/PESC, relativa a la Misión de asesoramiento y asistencia de la Unión Europea en materia de reforma del sector de la seguridad en la República Democrática del Congo (RDC) (1) (EUSEC RD Congo), y

posteriormente adoptó, el 1 de diciembre de 2005, la Acción Común 2005/868/PESC por la que se modifica la Acción Común 2005/355/PESC en lo referente a la ejecución de un proyecto de asistencia técnica relativo a la mejora de la cadena de pagos del Ministerio de Defensa de la RDC (2).

(2) El 2 de mayo de 2006 expira el mandato de la EUSEC RD Congo.

(3) El Comité Político y de Seguridad ha acordado prorrogar el mandato de la EUSEC RD Congo hasta finales del mes de junio de 2007 y adaptar la estructura de la Misión a la fase posterior a la transición en la RDC.

(4) La Acción Común 2005/355/PESC debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2005/355/PESC queda modificada como sigue:

1) En el artículo 3, la letra b) se sustituye por el texto siguiente:

«b) expertos destacados, en particular, en los siguientes puestos clave de la administración congoleña:

— gabinete del Ministro de Defensa,

— Estado Mayor General,

—Estado Mayor de las fuerzas terrestres

— Estado Mayor de las fuerzas navales,

— Estado Mayor de las fuerzas aéreas.».

2) En el artículo 15, apartado 1, la fecha de aplicación se sustituye por la siguiente:

«30 de junio de 2007».

Artículo 2

El importe de referencia financiera destinado a los gastos relacionados con la Misión durante el período comprendido entre el 3 de mayo de 2006 y el 30 de junio de 2007 será de 4 750 000 EUR.

Artículo 3

La presente Acción Común surtirá efecto el día de su adopción.

Artículo 4

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 25 de abril de 2006.

Por el Consejo

El Presidente

J. PRÖLL

_____________

(1) DO L 112 de 3.5.2005, p. 20.

(2) DO L 318 de 6.12.2005, p. 29.

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 25/04/2006
  • Fecha de publicación: 26/04/2006
  • Efectos desde el 25 de abril de 2006.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 3 y 15 de la Acción común 2005/355, de 2 de mayo (Ref. DOUE-L-2005-80806).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • República Democrática del Congo

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