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Documento DOUE-L-2006-80543

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 1/2006, de 27 de enero de 2006, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 92, de 30 de marzo de 2006, páginas 17 a 19 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2006-80543

TEXTO ORIGINAL

EEE EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 140/2005 del Comité Mixto del EEE, de 2 de diciembre de 2005 (1).

(2) El Reglamento (CE) no 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) no 1255/97 (2), debe incorporarse al Acuerdo.

(3) El Reglamento (CE) no 36/2005 de la Comisión, de 12 de enero de 2005, por el que se modifican los anexos III y X del Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a la vigilancia epidemiológica de las encefalopatías espongiformes transmisibles en animales bovinos, ovinos y caprinos (3), debe incorporarse al Acuerdo.

(4) La Decisión 2005/93/CE de la Comisión, de 2 de febrero de 2005, relativa a las disposiciones transitorias sobre la introducción y el período de almacenamiento de partidas de determinados productos de origen animal en depósitos aduaneros de la Comunidad (4), debe incorporarse al Acuerdo.

(5) El Reglamento (CE) no 260/2005 de la Comisión, de 16 de febrero de 2005, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las pruebas de diagnóstico rápido (5), debe incorporarse al Acuerdo.

(6) La presente Decisión no es aplicable a Islandia ni a Liechtenstein.

DECIDE:

Artículo 1

El capítulo I del anexo I del Acuerdo se modificará de la forma especificada en el anexo de la presente Decisión.

________________

(1) DO L 53 de 23.2.2006, p. 34.

(2) DO L 3 de 5.1.2005, p. 1.

(3) DO L 10 de 13.1.2005, p. 9.

(4) DO L 31 de 4.2.2005, p. 64.

5) DO L 46 de 17.2.2005, p. 31.

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (CE) no 1/2005, (CE) no 36/2005 y (CE) no 260/2005 y de la Decisión 2005/93/CE en lengua noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 28 de enero de 2006, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 27 de enero de 2006.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

R. WRIGHT

______________________________

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANEXO

El capítulo I del anexo I del Acuerdo se modificará de la forma especificada a continuación:

1. Después del punto 1 (Decisión 95/117/CE de la Comisión) de la parte 5.2, se añadirá el siguiente punto:

«2. 32005 D 0093: Decisión 2005/93/CE de la Comisión, de 2 de febrero de 2005, relativa a las disposiciones transitorias sobre la introducción y el período de almacenamiento de partidas de determinados productos de origen animal en depósitos aduaneros de la Comunidad (DO L 31 de 4.2.2005, p. 64).».

2. En el punto 12 [Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo] de la parte 7.1, se añadirán los siguientes guiones:

«—32005 R 0036: Reglamento (CE) no 36/2005 de la Comisión, de 12 de enero de 2005 (DO L 10 de 13.1.2005, p. 9).

— 32005 R 0260: Reglamento (CE) no 260/2005 de la Comisión, de 16 de febrero de 2005 (DO L 46 de 17.2.2005, p. 31).».

3. Después del punto 9 (Decisión 2000/50/CE de la Comisión) de la parte 9.1, se añadirá el siguiente punto:

«10. 32005 R 0001: Reglamento (CE) no 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) no 1255/97 (DO L 3 de 5.1.2005, p. 1).».

4. En el punto 1 (Directiva 64/432/CEE del Consejo) de la parte 4.1, se añadirá el siguiente guión:

«—32005 R 0001: Reglamento (CE) no 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004

________________

(DO L 3 de 5.1.2005, p. 1).».

5. En el punto 2 (Directiva 93/119/CEE del Consejo) de la parte 9.1, se añadirá el siguiente texto:

«, modificada por:

— 32005 R 0001: Reglamento (CE) no 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004 (DO L 3 de 5.1.2005, p. 1).».

6. En el cuarto guión [Reglamento (CE) no 1255/97 del Consejo] del punto 1 (Directiva 91/628/CEE del Consejo) de la parte 9.1, se añadirá el siguiente texto:

«, modificado por:

— 32005 R 0001: Reglamento (CE) no 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004 (DO L 3 de 5.1.2005, p. 1).».

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 27/01/2006
  • Fecha de publicación: 30/03/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 28/01/2006
  • Entrada en vigor: 28 de enero de 2006, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Enfermedad animal
  • Espacio Económico Europeo
  • Productos animales
  • Sanidad veterinaria
  • Transportes

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