Contido non dispoñible en galego
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 94/2005, de 8 de julio de 2005 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2005/8/CE de la Comisión, de 27 de enero de 2005, por la que se modifica el anexo I de la Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre sustancias indeseables en la alimentación animal (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 33 (Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del anexo I, capítulo II, del Acuerdo, se añade el siguiente guión:
«— 32005 L 0008: Directiva 2005/8/CE de la Comisión, de 27 de enero de 2005 (DO L 27 de 29.1.2005, p. 44).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2005/8/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de octubre de 2005, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
_____________________________________
(1) DO L 306 de 24.11.2005, p. 16.
(2) DO L 27 de 29.1.2005, p. 44.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2005.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
SAS el Príncipe Nikolaus von LIECHTENSTEIN
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