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Documento DOUE-L-2005-82312

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 98/2005, de 8 de julio de 2005, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 306, de 24 de noviembre de 2005, páginas 26 a 27 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-82312

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 60/2005, de 29 de abril de 2005 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 2232/2004 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2004, por el que se modifican, en lo referente a las sustancias altrenogest, beclometasona dipropionato, cloprostenol, R-cloprostenol, sesquioleato de sorbitán y toltrazuril, los anexos I, II y III del Reglamento (CEE) no 2377/90 del Consejo por el que se establece un procedimiento comunitario de fijación de los límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos de origen animal (2).

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 14 [Reglamento (CEE) no 2377/90 del Consejo] del capítulo XIII del anexo II del Acuerdo, se añade el guión siguiente:

«— 32004 R 2232: Reglamento (CE) no 2232/2004 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2004 (DO L 379 de 24.12.2004, p. 71).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) no 2232/2004 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 9 de julio de 2005, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

________________________________________

(1) DO L 239 de 15.9.2005, p. 40.

(2) DO L 379 de 24.12.2004, p. 71.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 2005.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

SAS el Príncipe Nikolaus von LIECHTENSTEIN

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 08/07/2005
  • Fecha de publicación: 24/11/2005
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 9 de julio de 2005.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Medicamentos veterinarios
  • Productos alimenticios

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