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Documento DOUE-L-2005-81959

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 77/2005, de 10 de junio de 2005, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 268, de 13 de octubre de 2005, páginas 7 a 7 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-81959

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión nº 58/2005 del Comité Mixto del EEE de 29 de abril de 2005 (1).

(2) El Reglamento (CE) nº 1452/2003 de la Comisión, de 14 de agosto de 2003, por el que se mantiene la excepción contemplada en el artículo 6, apartado 3, letra a), del Reglamento (CEE) nº 2092/91 del Consejo con respecto a determinadas especies de semillas y material de reproducción vegetativa y se establecen normas de procedimiento y criterios aplicables a dicha excepción (2), debe incorporarse al Acuerdo.

DECIDE:

Artículo 1

Después del punto 54zzp [Reglamento (CE) nº 2065/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo] del capítulo XII del anexo II del Acuerdo, se añadirá el siguiente punto:

«54zzq. 32003 R 1452: Reglamento (CE) nº 1452/2003 de la Comisión, de 14 de agosto de 2003, por el que se mantiene la excepción contemplada en la letra a) del apartado 3 del artículo 6 del Reglamento (CEE) nº 2092/91 del Consejo con respecto a determinadas especies de semillas y material de reproducción vegetativa y se establecen normas de procedimiento y criterios aplicables a dicha excepción (DO L 206 de 15.8.2003, p. 17).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) nº 1452/2003 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 11 de junio de 2005, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 10 de junio de 2005.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Richard WRIGHT

___________________________________

(1) DO L 239 de 15.9.2005, p. 36.

(2) DO L 206 de 15.8.2003, p. 17.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/06/2005
  • Fecha de publicación: 13/10/2005
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 11 de junio de 2005.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Espacio Económico Europeo
  • Patata
  • Producción ecológica
  • Semillas

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