Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento DOUE-L-2005-80688

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 148/2004, de 29 de octubre de 2004, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 102, de 21 de abril de 2005, páginas 21 a 22 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-80688

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por el Acuerdo sobre la participación de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Hungría, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca en el Espacio Económico Europeo (1), firmado en Luxemburgo el 14 de octubre de 2003.

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2004/20/CE de la Comisión, de 2 de marzo de 2004, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir la sustancia activa clorprofam (2).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2004/30/CE de la Comisión, de 10 de marzo de 2004, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella las sustancias activas ácido benzoico, flazasulfurón y piraclostrobina (3).

(4) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2004/58/CE de la Comisión, de 23 de abril de 2004, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir las sustancias activas alfacipermetrina, benalaxil, bromoxinil, desmedifam, ioxinil y fenmedifam (4).

(5) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2004/60/CE de la Comisión, de 23 de abril de 2004, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo para incluir la sustancia activa quinoxifeno (5).

(6) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2004/62/CE de la Comisión, de 26 de abril de 2004, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella la sustancia activa mepanipirima (6).

(7) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2004/71/CE de la Comisión, de 28 de abril de 2004, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir la sustancia activa Pseudomonas chlororaphis (7).

____________________________

(1) DO L 130 de 29.4.2004, p. 3.

(2) DO L 70 de 9.3.2004, p. 32.

(3) DO L 77 de 13.3.2004, p. 50.

(4) DO L 120 de 24.4.2004, p. 26.

(5) DO L 120 de 24.4.2004, p. 39.

(6) DO L 125 de 28.4.2004, p. 38.

(7) DO L 127 de 29.4.2004, p. 104.

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 12a (Directiva 91/414/CEE del Consejo) del capítulo XV del anexo II del Acuerdo se añadirán los guiones siguientes:

«— 32004 L 0020: Directiva 2004/20/CE de la Comisión, de 2 de marzo de 2004 (DO L 70 de 9.3.2004, p. 32).

— 32004 L 0030: Directiva 2004/30/CE de la Comisión, de 10 de marzo de 2004 (DO L 77 de 13.3.2004, p. 50).

— 32004 L 0058: Directiva 2004/58/CE de la Comisión, de 23 de abril de 2004 (DO L 120 de 24.4.2004, p. 26).

— 32004 L 0060: Directiva 2004/60/CE de la Comisión, de 23 de abril de 2004 (DO L 120 de 24.4.2004, p. 39).

— 32004 L 0062: Directiva 2004/62/CE de la Comisión, de 26 de abril de 2004 (DO L 125 de 28.4.2004, p. 38).

— 32004 L 0071: Directiva 2004/71/CE de la Comisión, de 28 de abril de 2004 (DO L 127 de 29.4.2004, p. 104).».

Artículo 2

Los textos de las Directivas 2004/20/CE, 2004/30/CE, 2004/58/CE, 2004/60/CE, 2004/62/CE y 2004/ 71/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 30 de octubre de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de octubre de 2004.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kjartan JÓHANNSSON

_______________________________

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 29/10/2004
  • Fecha de publicación: 21/04/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 30/10/2004
  • Entrada en vigor: 30 de octubre de 2004, según lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comercialización
  • Espacio Económico Europeo
  • Productos fitosanitarios

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid