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Documento DOUE-L-2005-80465

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 126/2004, de 24 de septiembre de 2004, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 64, de 10 de marzo de 2005, páginas 49 a 50 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-80465

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE nº 99/2004, de 9 de julio de 2004 (1).

(2) El Reglamento (CE) nº 1647/2003 del Consejo, de 18 de junio de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2309/93 por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y supervisión de medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos (2), debe incorporarse al Acuerdo.

DECIDE:

Artículo 1

1. Antes del último párrafo de la parte introductoria del anexo II, capítulo XIII, del Acuerdo, se insertará el siguiente texto:

«El Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, será también aplicable, a efectos de la aplicación del Reglamento (CE) nº 2309/93, a todos los documentos de la Agencia relativos a los Estados de la AELC.».

2. En el punto 15g [Reglamento (CEE) nº 2309/93 del Consejo] del capítulo XIII del anexo II del Acuerdo, se añadirá el siguiente guión:

«— 32003 R 1647: Reglamento (CE) nº 1647/2003 del Consejo de 18 de junio de 2003 (DO L 245 de 29.9.2003, p. 19).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) nº 1647/2003 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

______________________

(1) DO L 376 de 23.12.2004, p. 23.

(2) DO L 245 de 29.9.2003, p. 19.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 25 de septiembre de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 24 de septiembre de 2004.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kjartan JÓHANNSSON

________________________________

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 24/09/2004
  • Fecha de publicación: 10/03/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 25/09/2004
  • Entrada en vigor: 25 de septiembre de 2004, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos
  • Espacio Económico Europeo
  • Medicamentos
  • Medicamentos veterinarios

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