En la página 12, en el artículo 4, en el apartado 4, en el segundo párrafo:
en lugar de: «No obstante, los nuevos Estados miembros asumirán las consecuencias financieras que se deriven del uso de ayudas recibidas en 2004 en violación del artículo 6 u 8 del Reglamento (CE) no 1433/2003.», léase: «No obstante, los nuevos Estados miembros asumirán las consecuencias financieras que se deriven del uso de ayudas recibidas en 2004 y en 2005 en violación del artículo 6 u 8 del Reglamento (CE) no 1433/2003.».
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