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LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 15,
Vista la solicitud presentada por el Reino Unido,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2002/887/CE de la Comisión (2) autoriza a los Estados miembros a prever excepciones a determinadas disposiciones de la Directiva 2000/29/CE en lo que respecta a los vegetales de Chamaecyparis Spach, Juniperus L. y Pinus L. reducidos natural o artificialmente, originarios de Japón, por periodos limitados y siempre que se cumplan ciertos requisitos específicos.
(2) Puesto que las circunstancias que justifican la autorización siguen existiendo y no se dispone de nueva información que requiera la revisión de los requisitos específicos, conviene prorrogar la autorización.
(3) Por consiguiente, la Decisión 2002/887/CE deberá modificarse en consonancia.
(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité fitosanitario permanente.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2002/887/CE se modificará como sigue:
1) En los apartados primero y segundo del artículo 2 los términos «Antes del 1 de agosto de 2003 y del 1 de agosto de 2004» se sustituirán por «Antes del 1 de agosto de 2005 y del 1 de agosto de 2006».
2) El cuadro del artículo 4 se sustituirá por el siguiente:
«Vegetales Período
Chamaecyparis: 1.1.2005 a 31.12.2006
Juniperus: 15.11.2004 a 31.3.2005 y 1.11.2005 a 31.3.2006
Pinus: 1.1.2005 a 31.12.2006»
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 29 de noviembre de 2004.
Por la Comisión
Markos KYPRIANOU
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 169 de 10.7.2000, p. 1; Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2004/102/CE de la Comisión (DO L 309 de 6.10.2004, p. 9).
(2) DO L 309 de 12.11.2002, p. 8.
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