EL CONSEJO EUROPEO,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo 13,
Vista la recomendación del Consejo,
Considerando lo siguiente:
(1) La Estrategia común 2000/458/PESC del Consejo Europeo, de 19 de junio de 2000, sobre la región mediterránea (1), expiró el 23 de julio de 2004.
(2) Se considera necesario modificar la Estrategia común 2000/458/PESC con objeto de prorrogar su período de aplicación y permitir así una revisión de las relaciones de la Unión Europea con la región mediterránea, a la vista de las evaluaciones de la Asociación estratégica con el Mediterráneo y Oriente Próximo, adoptada por el Consejo Europeo en junio de 2005, y del Proceso de Barcelona, con motivo de su décimo aniversario en 2005, así como de la evolución de la política de vecindad europea durante el período considerado.
DECIDE:
Artículo 1
En la parte V de la Estrategia común 2000/458/PESC, la primera frase del punto 36 («Duración») se sustituye por el texto siguiente:
«36) La presente Estrategia común se aplicará hasta el 23 de enero de 2006.».
Artículo 2
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 5 de noviembre de 2004.
Por el Consejo Europeo
El Presidente
J. P. BALKENENDE
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(1) DO L 183 de 22.7.2000, p. 5.
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