EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistos los balances financieros y las cuentas de gestión de los sexto, séptimo y octavo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2002 [COM (2003) 475 - C5-0496/2003],
— Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las actividades de los sexto, séptimo y octavo Fondos Europeos de Desarrollo en el ejercicio 2002, acompañado de las respuestas de las instituciones (C5-0584/2003) (1),
— Vista la declaración de fiabilidad del Tribunal de Cuentas sobre los Fondos Europeos de Desarrollo (C5-0584/2003),
— Vistas las Recomendaciones del Consejo de 9 de marzo de 2004 relativas a la aprobación de la gestión financiera de la Comisión en lo referente a la ejecución de las operaciones de los Fondos Europeos de Desarrollo en el ejercicio 2002 (C5-146/2004, C5-147/2004, C5-0148/2004),
— Visto el artículo 33 del Acuerdo interno, de 20 de diciembre de 1995, entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del segundo Protocolo financiero del Cuarto Convenio ACP-CE (2),
— Visto el artículo 276 del Tratado CE,
— Visto el artículo 74 del Reglamento financiero, de 16 de junio de 1998, aplicable a la cooperación para la financiación del desarrollo con arreglo al IV Convenio ACP-CE (3),
— Vistos el artículo 93, el tercer guión del artículo 93 bis y el anexo V de su reglamento interno,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A5-0183/2004),
A. Considerando que, en su declaración de fiabilidad relativa a los Fondos Europeos de Desarrollo, el Tribunal de Cuentas concluye que, con algunas excepciones, las cuentas de gestión del ejercicio 2002 reflejan fielmente los ingresos y gastos del ejercicio, así como la situación financiera al final de éste,
B. Considerando que la conclusión del Tribunal de Cuentas sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes se basa en la auditoría de una muestra de las operaciones,
C. Considerando que el Tribunal de Cuentas, con arreglo a la documentación examinada, opina que los ingresos contabilizados, los importes asignados a los FED y los compromisos y pagos del ejercicio son, en general, legales y regulares,
1. Aprueba la gestión financiera de la Comisión en lo que respecta a la ejecución del presupuesto del sexto, séptimo y octavo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2002;
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(1) DO C 286 de 28.11.2003, p. 325.
(2) DO L 156 de 29.5.1998, p. 108.
(3) DO L 191 de 7.7.1998, p. 53.
2. Hace constar sus observaciones en la Resolución adjunta;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, así como la Resolución que forma parte integrante de la misma, al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas y al Banco Europeo de Inversiones, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Secretario General
Julian PRIESTLEY
El Presidente
Pat COX
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