Está Vd. en

Documento DOUE-L-2004-81408

Reglamento (CE) nº 950/2004 de la Comisión, de 6 de mayo de 2004, por el que se modifica por trigésima tercera vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 467/2001 del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 173, de 7 de mayo de 2004, páginas 6 a 7 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2004-81408

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 881/2002, del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red AI-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 467/ 2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 6672004 de la Comisión (2) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 7,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo 1 del Reglamento (CE) n° 8812002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que se aplica el bloqueo de fondos y recursos económicos conforme al mismo Reglamento.

(2) El 3 de mayo de 2004, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió modificar la lista de personas, grupos y entidades a los cuales se aplicará el bloqueo de capitales y recursos económicos y, por consiguiente, el anexo 1 debe ser modificado en consecuencia.

(3) Para que las medidas dispuestas en el presente Reglamento sean eficaces, éste debe entrar en vigor inmediatamente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo 1 del Reglamento (CE) n° 881/2002 se modificará de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 6 de mayo de 2004.

Por la Comisión

Christopher PATTEN

Miembro de la Comisión

___________________________

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

(2) DO L 104 de 8.4.2004, p. 110.

ANEXO

El anexo 1 del Reglamento (CE) n° 881/2002 se modificará de la manera siguiente:

1. En el epígrafe "Personas físicas), se añaden las siguientes entradas:

a) Hacene Allane [alias a) Hassan el Viejo, b) Al Sheikh Abdelhay, c) Boulahia, d) Abu al-Foutouh, e) Cheib Ahcéne]. Fecha de nacimiento: 17 de enero de 1941. Lugar de nacimiento: El Ménéa, Argelia. Nacionalidad: probablemente argelina.

b) Kamel Djemlane [alias a) Bilal, b) Adel, c) Fodhil]. Fecha de nacimiento: 1965. Lugar de nacimiento: Oum el Bouaghi, Argelia. Nacionalidad: probablemente argelina.

c) Dhou El-Aich (alias: Abdel Hak). Fecha de nacimiento: 5 de agosto de 1964. Lugar de nacimiento: Debila, Argelia. Nacionalidad: probablemente argelina.

d) Ahmad Zerfaoui [alias a) Abdullah, b) Abdalla, c) Smail, d) Abu Khaoula, e) Abu Cholder, f) Nuhr]. Fecha de nacimiento: 15 de julio de 1963. Lugar de nacimiento: Chrea, Argelia. Nacionalidad: probablemente argelina.

2. En el epígrafe "Personas físicas), la entrada "Zulkifli Marzuki, Taman Puchong Perdana, Selangor, Malasia; fecha de nacimiento: 3 de julio de 1968; lugar de nacimiento: Selangor, Malasia; Nacionalidad: malaya; Pasaporte n°: A 5983063; N° de identificación nacional: 680703-10-5821) se sustituirá por la siguiente:

"Zulkepli Bin Marzuki, Taman Puchong Perdana, Selangor, Malasia. Fecha de nacimiento: 3 de julio de 1968. Lugar de nacimiento: Selangor, Malasia. Nacionalidad: malaya. Pasaporte n°: A 5983063. N° de identificación nacional: 680703-10-5821"

3. En el epígrafe "Personas físicas), la entrada "Yazld Sufaat (alias a) Joe, b) Abu Zufar), Taman Bukit Ampang, Selangor, Malasia; fecha de nacimiento: 20 de enero de 1964; lugar de nacimiento: Johor, Malasia; Nacionalidad: malaya; Pasaporte n°: A 10472263; N° de identificación nacional: 640120-01-5529) se sustituirá por la siguiente:

"Yazid Sufaat [alias a) Joe, b) Abu Zufar], Taman Bukit Ampang, Selangor, Malasia. Fecha de nacimiento: 20 de enero de 1964. Lugar de nacimiento: Johor, Malasia. Nacionalidad: malaya. Pasaporte n°: A 10472263. N° de identificación nacional: 640120-01-5529"

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 06/05/2004
  • Fecha de publicación: 07/05/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 07/05/2004
Materias
  • Afganistán
  • Cuentas bloqueadas
  • Sanciones
  • Terrorismo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid