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Documento DOUE-L-2004-80935

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 32/2004, de 19 de marzo de 2004, por la que se modifica el anexo XXI (Estadísticas) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 127, de 29 de abril de 2004, páginas 143 a 143 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2004-80935

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XXI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 14/2004, de 6 de febrero de 2004 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 1177/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativo a las estadísticas comunitarias sobre la renta y las condiciones de vida (EU-SILC) (2).

(3) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

DECIDE:

Artículo 1

Después del punto 18h [Reglamento (CE) n° 1216/2003 de la Comisión] del anexo XXI del Acuerdo se insertará el punto siguiente:

"18i. 32003 R 1177: Reglamento (CE) n° 1177/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativo a las estadísticas comunitarias sobre la renta y las condiciones de vida (EU-SILC) (DO L 165 de 3.7.2003, p. 1).

A efectos del presente Acuerdo, se introducirá la siguiente adaptación en las disposiciones del Reglamento:

El presente Reglamento no será aplicable a Liechtenstein."

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) n° 1177/2003 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 20 de marzo de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2004.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

P. Westerlund

________________

(1) DO L 116 de 22.4.2004, p. 66.

(2) DO L 165 de 3.7.2003, p. 1.

(3) Se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 19/03/2004
  • Fecha de publicación: 29/04/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 20/03/2004
  • Entrada en vigor: 20 de marzo de 2004, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XXI del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Estadística
  • Unión Europea

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