EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 103/2003, de 26 de septiembre de 2003 (1).
(2) Debere incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 666/2003 de la Comisión, de 11 de abril de 2003, por el que se autoriza provisionalmente el uso de ciertos aditivos en la alimentación animal (2).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 668/2003 de la Comisión, de 11 de abril de 2003, relativo a la autorización permanente de un aditivo en la alimentación animal (3).
(4) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 676/2003 de la Comisión, de 14 de abril de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1334/2001 relativo a la autorización provisional de un nuevo aditivo en la alimentación animal (4).
(5) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 871/2003 de la Comisión, de 20 de mayo de 2003, relativo a la autorización permanente de un nuevo aditivo, tetróxido de manganeso, en la alimentación animal (5).
(6) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 877/2003 de la Comisión, de 21 de mayo de 2003, por el que se autoriza provisionalmente el uso del regulador de la acidez "ácido benzoico" en la alimentación animal (6).
DECIDE:
Artículo 1
El capítulo II del anexo I del Acuerdo se modificará como sigue:
1) En el punto 1v [Reglamento (CE) n° 1334/2001 de la Comisión] se añadirá el texto siguiente:
", modificada por:
- 32003 R 0676: Reglamento (CE) n° 676/2003 de la Comisión, de 14 de abril de 2003 (DO L 97 de 15.4.2003, p. 29).".
2) Después del punto 1zc (Directiva 2002/70/CE de la Comisión) se añadirán los puntos siguientes:
"1zd. 32003 R 0666: Reglamento (CE) n° 666/2003 de la Comisión, de 11 de abril de 2003, por el que se autoriza provisionalmente el uso de ciertos aditivos en la alimentación animal (DO L 96 de 12.4.2003, p. 11).
1ze. 32003 R 0668: Reglamento (CE) n° 668/2003 de la Comisión, de 11 de abril de 2003, relativo a la autorización permanente de un aditivo en la alimentación animal (DO L 96 de 12.4.2003, p. 14).
1zf. 32003 R 0871: Reglamento (CE) n° 871/2003 de la Comisión, de 20 de mayo de 2003, relativo a la autorización permanente de un nuevo aditivo, tetróxido de manganeso, en la alimentación animal (DO L 125 de 21.5.2003, p. 3).
1zg. 32003 R 0877: Reglamento (CE) n° 877/2003 de la Comisión, de 21 de mayo de 2003, por el que se autoriza provisionalmente el uso del regulador de la acidez 'ácido benzoico' en la alimentación animal (DO L 126 de 22.5.2003, p. 24).".
Artículo 2
Los textos de los Reglamentos (CE) n° 666/2003, 668/2003, 676/2003, 871/2003 y 877/2003, en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 6 de diciembre de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (7).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 5 de diciembre de 2003.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
H. S. H. Prinz Nikolaus von Liechtenstein
________
(1) DO L 331 de 18.12.2003, p. 10.
(2) DO L 96 de 12.4.2003, p. 11.
(3) DO L 96 de 12.4.2003, p. 14.
(4) DO L 97 de 15.4.2003, p. 29.
(5) DO L 125 de 21.5.2003, p. 3.
(6) DO L 126 de 22.5.2003, p. 24.
(7) No se han indicado preceptos constitucionales.
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