Contenu non disponible en français
En la página 4, en el artículo 3, en el apartado 1:
en lugar de: "El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea",
léase: "El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea".
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid