Contido non dispoñible en galego
En la página 4, en el artículo 3, en el apartado 1:
en lugar de: "El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea",
léase: "El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea".
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