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Documento DOUE-L-2003-82123

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 121/2003, de 26 de septiembre de 2003, por la que se modifica el anexo XVIII (Salud y seguridad en el trabajo, derecho laboral e igualdad de trato para hombres y mujeres) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 331, de 18 de diciembre de 2003, páginas 46 a 47 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-82123

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo" y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XVIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 54/2003, de 16 de mayo de 2003 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2003/10/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de febrero de 2003, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (ruido) (decimoséptima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE) (2).

DECIDE:

Artículo 1

Después del punto 16ja (Directiva 2002/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del anexo XVIII del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:

"16jb. 32003 L 0010: Directiva 2003/10/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de febrero de 2003, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (ruido) (decimoséptima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE) (DO L 42 de 15.2.2003, p. 38).".

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2003/10/CE, en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 27 de septiembre de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 26 de septiembre de 2003.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

H. S. H. Prinz Nikolaus von Liechtenstein

_______

(1) DO L 193 de 31.7.2003, p. 32.

(2) DO L 42 de 15.2.2003, p. 38.

(3) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 26/09/2003
  • Fecha de publicación: 18/12/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 27/09/2003
  • Entrada en vigor: 27 de septiembre de 2003, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XVIII del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Contaminación acústica
  • Espacio Económico Europeo
  • Seguridad e higiene en el trabajo
  • Trabajadores

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