Contido non dispoñible en galego
En la página 2, en el artículo 2:
en lugar de: "El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.",
léase: "El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.".
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