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EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 24,
Vista la Recomendación de la Presidencia,
Considerando lo siguiente:
(1) El 27 de enero de 2003, el Consejo adoptó la Acción Común 2003/92/PESC sobre la operación militar de la Unión Europea en la ex República Yugoslava de Macedonia (1).
(2) El artículo 8 de dicha Acción Común establece que el régimen de participación de terceros Estados estará sujeto a un acuerdo basado en el artículo 24 del Tratado.
(3) En virtud de la Decisión del Consejo de 18 de marzo de 2003 por la que se autoriza al Secretario General/Alto Representante a entablar negociaciones, el Secretario General/Alto Representante ha negociado un Acuerdo con la República de Estonia sobre la participación de la República de Estonia en las fuerzas dirigidas por la Unión Europea (FUE) en la ex República Yugoslava de Macedonia.
(4) Procede aprobar dicho Acuerdo.
DECIDE:
Artículo 1
Queda aprobado en nombre de la Unión Europea el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Estonia sobre la participación de la República de Estonia en las fuerzas dirigidas por la Unión Europea (FUE) en la ex República Yugoslava de Macedonia.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Unión Europea.
Artículo 3
La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 15 de julio de 2003.
Por el Consejo
El Presidente
G. Tremonti
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(1) DO L 34 de 11.2.2003, p. 26.
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