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EL PARLAMENTO EUROPEO,
- Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero relativos al ejercicio 2001 [SEC(2002) 405 C5-0247/2002],
- Vistos el Informe Anual del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 2001 y las respuestas de las instituciones (C5-0538/2002) (l).
- Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (C5-0538/2002),
- Vista la Recomendación del Consejo de 7 de marzo de 2003 (C5-0087/2003),
- Vistos el apartado 10 del artículo 272 y el artículo 215 del Tratado CE,
- Vistos los apartados 2 y 3 del artículo 22 del Reglamento financiero de 21 de diciembre de 1977 (2) y el artículo 50 del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002 (3),
- Vistas las observaciones del Interventor del Comité de las Regiones en su nota al Secretario General del Comité de las Regiones de 25 de septiembre de 2001,
- Vista la carta del Director de la Administración del Comité de las Regiones al Presidente de la Comisión de Control Presupuestario de 27 de febrero de 2003,
- Vista la audiencia celebrada por su Comisión de Control Presupuestario el 19 de marzo de 2003,
- Vistos el artículo 93 bis y el Anexo V de su Reglamento,
- Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A5-0101/2003/rev.l),
1. Aplaza la decisión relativa a la aprobación de la gestión del Secretario General del Comité de las Regiones en la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2001;
2. Hace constar sus razones en la resolución adjunta;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Consejo, a la Comisión y al Comité de las Regiones.
El Secretario General
]ulian PRIESTLEY
El Presidente
Pat COX
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(1) DO C 295 de 28.11.2002, p. 1.
(2) DO L 356 de 31.12.1977. p. 1.
(3) DO L 248 de 16.9.2002. p. 1.
RESOLUCIÓN del Parlamento Europeo que contiene las observaciones que forman parte integrante de la decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2001 en lo que se refiere a la Sección VII -Comité de las Regiones
EL PARLAMENTO EUROPEO,
- Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero relativos al ejercicio 2001 [SEC(2002) 405 C5-0247/2002],
- Vistos el Informe Anual del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 2001 y las respuestas de las instituciones (C5-0538/2002) (1).
- Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (C5-0538/2002),
- Vista la Recomendación del Consejo de 7 de marzo de 2003 (C5-0087/2003),
- Vistos el apartado 10 del artículo 272 y el artículo 275 del Tratado CE,
- Vistos los apartados 2 y 3 del artículo 22 del Reglamento financiero de 21 de diciembre de 1977 (2) y el artículo 50 del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002 (3),
- Vistos el artículo 93 bis y el Anexo V de su Reglamento.
- Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A5-0101/2003/rev.l),
1. Aplaza la decisión relativa a la aprobación de la gestión de las cuentas del Comité de las Regiones correspondientes al ejercicio 2001 por las siguientes razones:
-las contradicciones y diferentes interpretaciones contenidas en los documentos del Interventor y del Director de la Administración del Comité de las Regiones, recibidos en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, confirmadas por su Comisión de Control Presupuestario durante la reunión celebrada el 19 de marzo de 2003,
-la solicitud específica formulada por el Interventor de asistencia externa para resolver los problemas de gestión financiera pendientes,
-la preocupación manifestada por el Interventor en cuanto a los reembolsos por la participación en reuniones exteriores, así como al reembolso de gastos de viaje y dietas diarias;
2. Pide, en consecuencia, al Comité de las Regiones que encargue con carácter inmediato una auditoría detallada, completa e independiente, que llevará a cabo un organismo externo y reconocido, preferentemente el Tribunal de Cuentas Europeo, sobre la ejecución general del presupuesto, así como sobre la gestión financiera y administrativa del Comité; considera que dicha auditoría deberá examinar, entre otras cosas, los ámbitos anteriormente señalados y certificar la buena gestión financiera de la institución; el informe de auditoría se deberá entregar a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión lo antes posible, con el fin de que pueda examinar la decisión definitiva sobre la aprobación de la gestión correspondiente al ejercicio 2001 en octubre de 2003;
3. Encarga a su comisión competente que efectúe el seguimiento de este asunto durante el procedimiento de aprobación de la gestión correspondiente al ejercicio 2002.
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(1) DO C 295 de 28.11.2002, p. 1.
(2) DO L 356 de 31.12.1977, p. 1.
(3) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
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