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Documento DOUE-L-2002-81568

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 59/2002, de 31 de mayo de 2002, por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOCE» núm. 238, de 5 de septiembre de 2002, páginas 24 a 25 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-81568

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 41/2002, de 19 de abril de 2002 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2001/831/CE de la Comisión, de 27 de noviembre de 2001, que prorroga el período de vigencia de la Decisión 1999/178/CE por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los productos textiles (2).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2001/832/CE de la Comisón, de 27 de noviembre de 2001, que prorroga el período de vigencia de la Decisión 1999/179/CE por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria al calzado (3).

DECIDE:

Artículo 1

El anexo XX del Acuerdo se modificará como sigue:

1) En el punto 2en (Decisión 1999/178/CE de la Comisión) se añadirá el texto siguiente:

", modificado por:

- 32001 D 0831: Decisión 2001/831/CE de la Comisión, de 27 de noviembre de 2001 (DO L 310 de 28.11.2001, p. 29).".

2) En el punto 2eo (Decisión 1999/179/CE de la Comisión) se añadirá el texto siguiente:

", modificado por:

- 32001 D 0832: Decisión 2001/832/CE de la Comisión, de 27 de noviembre de 2001 (DO L 310 de 28.11.2001, p. 30).".

Artículo 2

Los textos de las Decisiones 2001/831/CE y 2001/832/CE en las lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de junio de 2002, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (4).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2002.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

P. Westerlund

_____________

(1) DO L 154 de 13.6.2002, p. 28.

(2) DO L 310 de 28.11.2001, p. 29.

(3) DO L 310 de 28.11.2001, p. 30.

(4) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 31/05/2002
  • Fecha de publicación: 05/09/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 01/06/2002
  • Entrada en vigor: 1 de junio de 2002, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XX del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aprobado por Decisión 1/94, de 18 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Calzado
  • Espacio Económico Europeo
  • Etiquetas
  • Medio ambiente
  • Productos textiles

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