Está Vd. en

Documento DOUE-L-2002-81518

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 1325/2002 de la Comisión, de 22 de julio 2002, por el que se inicia un procedimiento de reconsideración para un "nuevo exportador" del Reglamento (CE) nº 1600/1999 del Consejo por el que se establecen derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de alambre de acero inoxidable de diámetro igual o mayor de 1 mm originario de la India, y por el que se deroga el derecho aplicable a las importaciones de un exportador de este país y se someten a registro dichas importaciones.

Publicado en:
«DOCE» núm. 231, de 29 de agosto de 2002, páginas 44 a 44 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-81518

TEXTO ORIGINAL

En la página 28, en el artículo 1:

en lugar de: "[...] (código adicional TARIC ).",

léase: "[...] (código adicional TARIC ).".

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/08/2002
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1325/2002, de 22 de julio (Ref. DOUE-L-2002-81316).
Materias
  • Derechos antidumping
  • Importaciones
  • India
  • Productos siderúrgicos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid