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Documento DOUE-L-2001-82191

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 99/2001, de 13 de julio de 2001, por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades.

Publicado en:
«DOCE» núm. 251, de 20 de septiembre de 2001, páginas 26 a 26 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2001-82191

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 72/1999, de 15 de junio de 1999 (1).

(2) Procede ampliar el marco de cooperación entre las Partes contratantes en el Acuerdo e incluir la Decisión 2000/819/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2000, relativa al Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas (PYME) (2001-2005) (2).

(3) Debe, por tanto, modificarse el Protocolo 31 del Acuerdo para que esta cooperación ampliada pueda ponerse en práctica con efectos a partir del 1 de enero de 2001.

DECIDE:

Artículo 1

El artículo 7 del Protocolo 31 del Acuerdo se modificará como sigue:

1) El título se sustituirá por el siguiente:

"Empresa, espíritu empresarial y pequeñas y medianas empresas".

2) En el apartado 5 se añadirá el guión siguiente:

"- 32000 D 0819: Decisión 2000/819/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2000, relativa al Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas (PYME) (2001-2005) (DO L 333 de 29.12.2000, p. 84).".

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 14 de julio de 2001, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2001.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 13 de julio de 2001.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

E. Bull

_________________

(1) DO L 284 de 9.11.2000, p. 61.

(2) DO L 333 de 29.12.2000, p. 84.

(3) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 13/07/2001
  • Fecha de publicación: 20/09/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 14/07/2001
  • Entrada en vigor: 14 de julio de 2001, si se cumple lo indicado.
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2001.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Protocolo 31 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aprobado por Decisión 94/1, de 18 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comunidad Europea
  • Espacio Económico Europeo
  • Libertades fundamentales

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