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Documento DOUE-L-2001-81849

Acción común del Consejo, de 26 de julio de 2001, relativo a la contribución de la Unión Europea destinada a reforzar la capacidad de las autoridades georgianas para apoyar y proteger la Misión de Observación de la OSCE en la frontera entre la República de Georgia y la República de Chechenia de la Federación de Rusia.

Publicado en:
«DOCE» núm. 202, de 27 de julio de 2001, páginas 2 a 2 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2001-81849

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El 20 de julio de 2000, el Consejo adoptó la Acción común 2000/456/PESC, sobre la asistencia de la Unión Europea para reforzar la capacidad de las autoridades georgianas para apoyar y proteger la Misión de Observación de la OSCE en la frontera entre la República de Georgia y la República de Chechenia de la Federación de Rusia (1). Esta Acción expiró el 31 de diciembre de 2000.

(2) El Consejo Europeo de Estocolmo reiteró su profunda preocupación sobre la situación en Chechenia y ha insistido en la necesidad urgente de encontrar una solución política al conflicto.

(3) Del 28 de mayo al 1 de junio de 2001, el General Sir Garry Johnson realizó, como experto de la Unión Europea, una misión de actualización de la evaluación de la situación sobre el terreno, con la conclusión de que se necesita apoyo suplementario de la UE para que la Guardia fronteriza de Georgia pueda llevar a cabo de manera eficaz su cometido, especialmente la protección de la Misión de Observación de la OSCE.

(4) Teniendo en cuenta los hechos expuestos, es de gran importancia que la UE siga proporcionando asistencia para reforzar la capacidad de las autoridades georgianas para apoyar y proteger la Misión de Observación de la OSCE en la frontera entre la República de Georgia y la República de Chechenia de la Federación de Rusia.

(5) Es necesario ejecutar la presente Acción común rápidamente.

(6) La Comisión ha aceptado que se le confíen determinadas labores necesarias para la ejecución de la presente Acción común.

HA ADOPTADO LA SIGUIENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

1. La Unión Europea facilitará asistencia destinada a reforzar la capacidad de las autoridades georgianas para prestar, a través de su guardia fronteriza, apoyo y protección a la Misión de Observación de la OSCE en la frontera entre Georgia y la República de Chechenia de la Federación de Rusia.

2. Con este fin, la Unión Europea facilitará ayuda al Gobierno de Georgia a la mayor brevedad, en forma de material que será transportado al puesto fronterizo de Shatili.

Artículo 2

1. El Consejo confiará a la Comisión la ejecución del objetivo fijado en el apartado 2 del artículo 1.

2. La Comisión supervisará y evaluará la entrega efectiva de dicho material a la guardia fronteriza georgiana, así como su uso posterior.

3. En la ejecución de sus actividades, la Comisión colaborará según convenga con las misiones in situ de los Estados miembros.

Artículo 3

1. El importe financiero de referencia para los fines expuestos en el artículo 1 será de 45000 euros.

2. La gestión de los gastos sufragados con cargo al importe citado en el apartado 1 se hará con arreglo a los procedimientos y normas comunitarias aplicables al presupuesto. La adquisición, el transporte y la entrega del material se realizarán de conformidad con los procedimientos más apropiados para atender al carácter de urgencia de la acción.

Artículo 4

1. La presente Acción común entrará en vigor el día de su adopción y expirará el 31 de marzo de 2002.

2. La presente Acción común se reexaminará a más tardar el 30 de noviembre de 2001, y antes de esta fecha la Comisión informará sobre la ejecución de la acción al Consejo, bajo la autoridad de la Presidencia, asistida por el Secretario General del Consejo y Alto Representante para la PESC.

Artículo 5

La presente Acción común se publicará en el Diario Oficial.

Hecho en Bruselas, el 26 de julio de 2001.

Por el Consejo

El Presidente

L. Michel

____________________

(1) DO L 183 de 22.7.2000, p. 3.

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 26/07/2001
  • Fecha de publicación: 27/07/2001
  • Efectos desde el 23 de julio de 2001.
Materias
  • Georgia
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia

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