EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 97/98, de 25 de septiembre de 1998 (1).
(2) Deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 1999/13/CE del Consejo, de 11 de marzo de 1999, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones (2).
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 21aa [Reglamento (CE) n° 3093/94 del Consejo] del anexo XX del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:
"21ab. 399 L 0013: Directiva 1999/13/CE del Consejo, de 11 de marzo de 1999, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones (DO L 85 de 29.3.1999, p. 1).".
Artículo 2
Los textos de la Directiva 1999/13/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 26 de febrero de 2000, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2000.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. Barbaso
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(1) DO L 189 de 22.7.1999, p. 71.
(2) DO L 85 de 29.3.1999, p. 1.
(3) Se han indicado preceptos constitucionales. Fecha de entrada en vigor: 1 de septiembre de 2000.
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