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Documento DOUE-L-2001-80912

Decisión de la Comisión, de 3 de abril de 2001, que modifica la Decisión 2001/234/CE por la que se establecen medidas de protección contra la fiebre aftosa en Irlanda.

Publicado en:
«DOCE» núm. 94, de 4 de abril de 2001, páginas 26 a 26 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2001-80912

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, su artículo 10,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE, y, en particular, su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) A raíz de los informes sobre brotes de fiebre aftosa registrados en Irlanda, la Comisión, a la espera de la reunión del Comité veterinario permanente y en estrecha cooperación con el Estado miembro afectado, adoptó la Decisión 2001/234/CE, de 22 de marzo de 2001, por la que se establecen medidas de protección contra la fiebre aftosa en Irlanda (4).

(2) La situación de la enfermedad en determinadas partes del territorio de Irlanda puede poner en peligro las cabañas de otras partes del territorio de este país y de otros Estados miembros debido a la comercialización y los intercambios de que son objeto los animales biungulados vivos y algunos de sus productos.

(3) Irlanda ha adoptado las medidas correspondientes de conformidad con la Directiva 85/511/CEE del Consejo, de 18 de noviembre de 1985, por la que se establecen medidas comunitarias de lucha contra la fiebre aftosa (5), cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia y, además, ha adoptado medidas adicionales en las zonas afectadas, además de las medidas establecidas en la Decisión 2001/172/CE (6), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/239/CE (7).

(4) A la luz de la evolución de la enfermedad, parece apropiado prolongar la medida establecida en la Decisión 2001/234/CE.

(5) La situación volverá a examinarse en la reunión del Comité veterinario permanente fijada para el 4 de abril de 2001 y, en caso necesario, se llevará a cabo la adaptación de las medidas.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La fecha que aparece en el artículo 14 de la Decisión 2001/234/CE de la Comisión se sustituirá por la de "19 de abril de 2001".

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 3 de abril de 2001.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

____________________

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(2) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.

(3) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.

(4) DO L 84 de 23.3.2001, p. 62.

(5) DO L 315 de 26.11.1985, p. 11.

(6) DO L 62 de 2.3.2001, p. 22.

(7) DO L 86 de 27.3.2001, p. 33.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 03/04/2001
  • Fecha de publicación: 04/04/2001
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art.14 de la Decisión 2001/234, de 22 de marzo (Ref. DOUE-L-2001-80659).
Materias
  • Carnes
  • Certificaciones
  • Enfermedad animal
  • Epidemias
  • Ganado caprino
  • Ganado ovino
  • Ganado porcino
  • Ganado vacuno
  • Irlanda
  • Leche
  • Pieles y cueros
  • Productos lácteos
  • Reproducción animal
  • Sanidad veterinaria

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