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Documento DOUE-L-2000-81068

Decisión nº 2/2000 del Consejo de asociación UE-Bulgaria, de 23 de mayo de 2000, por la que se prorroga, al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2000, el sistema de doble control establecido por la Decisión nº 3/97 del Consejo de asociación.

Publicado en:
«DOCE» núm. 154, de 27 de junio de 2000, páginas 22 a 22 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2000-81068

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-BULGARIA:

Considerando lo siguiente:

(1) El Grupo de Contacto mencionado en el artículo 11 del Protocolo 2 del Acuerdo Europeo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra (1), que entró en vigor el 1 de febrero de 1995, se reunió el 2 de diciembre de 1999 y acordó recomendar, al Consejo de asociación creado mediante el artículo 105 del Acuerdo, la prórroga del sistema de doble control introducido en 1998 mediante la Decisión nº 3/97 del Consejo de asociación (2), prorrogado al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1999 por la Decisión nº 3/99 (3) del Consejo de asociación, al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2000.

(2) El Consejo de asociación, recibida toda la información pertinente, ha dado su conformidad con esta recomendación.

DECIDE:

Artículo 1

El sistema de doble control, establecido por la Decisión nº 3/97 del Consejo de asociación, seguirá aplicándose en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2000. En el Preámbulo y en los apartados 1 y 3 del artículo 1 de la Decisión nº 3/97, las referencias al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1999 se sustituyen por referencias al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2000.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2000.

Hecho en Bruselas, el 23 de mayo de 2000.

Por el Consejo de asociación

El Presidente

N. MIHAILVOVA

__________________________

(1) DO L 358 de 31.12.1994, p. 3.

(2) DO L 13 de 19.1.1998, p. 85.

(3) DO L 123 de 13.5.1999, p. 56.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 23/05/2000
  • Fecha de publicación: 27/06/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 23/05/2000
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2000.
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Aduanas
  • Bulgaria
  • Comunidad Europea
  • Importaciones

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