EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando que el anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 105/98, de 30 de octubre de 1998 (1);
Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (2),
DECIDE:
Artículo 1
Se añadirá el texto siguiente en el punto 1 (Directiva 85/337/CEE del Consejo) del anexo XX del Acuerdo:
", modificada por:
- 397 L 0011: Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997 (DO L 73 de 14.3.1997, p. 5).".
Artículo 2
Los textos de la Directiva 97/11/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 27 de febrero de 1999, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 26 de febrero de 1999.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. Barbaso
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(1) DO L 197 de 29.7.1999, p. 57; rectificación en el DO L 226 de 27.8.1999, p. 44.
(2) DO L 73 de 14.3.1997, p. 5.
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