EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo" y, en particular, sus artículos 86 y 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 172/1999, de 26 de noviembre de 1999 (1).
(2) Conviene ampliar la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo para abarcar la promoción de itinerarios europeos de formación en alternancia incluido el aprendizaje [Decisión 1999/51/CE del Consejo (2)].
(3) El Protocolo 31 del Acuerdo debe modificarse en consecuencia para permitir que esta cooperación ampliada tenga lugar a partir del 1 de enero de 2000.
DECIDE:
Artículo 1
La letra c) del apartado 2 del artículo 4 del Protocolo 31 del Acuerdo se modificará como sigue:
1) En la frase introductoria la palabra "programa" se sustituirá por "programas".
2) Se añadirá el guión siguiente:
"- 399 D 0051: Decisión 1999/51/CE del Consejo, de 21 de diciembre de 1998, relativa a la promoción de itinerarios europeos de formación en alternancia incluido el aprendizaje (DO L 17 de 22.1.1999, p. 45).".
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de abril de 2000, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2000.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 31 de marzo de 2000.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. Barbaso
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(1) No publicada aún en el Diario Oficial.
(2) DO L 17 de 22.1.1999, p. 45.
(3) Se han indicado preceptos constitucionales.
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