EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) La Acción común 1999/522/PESC del Consejo, de 29 de julio de 1999, relativa a la instalación de la UNMIK (1) expira el 29 de febrero de 2000.
(2) Una prórroga adicional limitada de dicha Acción común es necesaria.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
Artículo 1
La validez de la Acción común 1999/522/PESC se prorroga hasta el 30 de abril de 2000.
Artículo 2
La presente Acción común entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Acción común se publicará en el Diario Oficial.
Hecho en Bruselas, el 28 de febrero de 2000.
Por el Consejo
El Presidente
J. PINA MOURA
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(1) DO L 201 de 31.7.1999, p. 1; Acción común modificada por la Acción común 1999/864/PESC (DO L 328 de 22..12.1999, p. 67).
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