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Documento DOUE-L-2000-80363

Decisión de la Comisión, de 16 de febrero de 2000, por la que se establece la lista de las explotaciones piscícolas autorizadas en Austria.

Publicado en:
«DOCE» núm. 55, de 29 de febrero de 2000, páginas 70 a 70 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2000-80363

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y de productos de la acuicultura (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 98/45/CE (2), y, en particular, su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) Los Estados miembros pueden obtener, para las explotaciones piscícolas situadas en zonas no autorizadas respecto de la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) y la septicemia hemorrágica viral (SHV), el estatuto de explotación autorizada libre de dichas enfermedades.

(2) Austria ha comunicado a la Comisión los motivos que justifican la concesión, a una explotación piscícola, del estatuto de explotación autorizada situada en zona no autorizada respecto de la NHI y la SHV, así como las disposiciones nacionales que garantizan el cumplimiento de las normas referentes al mantenimiento de ese estatuto.

(3) La Comisión y los Estados miembros han procedido al examen de las justificaciones presentadas por Austria para esa explotación.

(4) De ese examen se desprende que la explotación cumple las condiciones establecidas en el artículo 6 de la Directiva 91/67/CEE.

(5) Por lo tanto, dicha explotación puede acogerse al estatuto de explotación autorizada dentro de una zona no autorizada.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La explotación piscícola mencionada en el anexo es una explotación autorizada situada en una zona no autorizada respecto de la NHI y la SHV.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 16 de febrero de 2000.

Por la Comisión

David BYRNE

Miembro de la Comisión

_________________

(1) DO L 46 de 19.2.1991, p. 1.

(2) DO L 189 de 3.7.1998, p. 12.

ANEXO

EXPLOTACIONES PISCÍCOLAS AUTORIZADAS RESPECTO DE LA NHI Y LA SHV EN AUSTRIA

Alois Köttl

Forellenzucht Alois Köttl

A - 4872 Neukirchen a.d. Vöckla

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 16/02/2000
  • Fecha de publicación: 29/02/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6 de la Directiva 91/67, de 28 de enero (Ref. DOUE-L-1991-80142).
Materias
  • Austria
  • Piscicultura

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