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Documento DOUE-L-1999-81325

Decisión del Parlamento Europeo, de 4 de mayo de 1999, por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto para el ejercicio 1997 - Secciones IV: Tribunal de Justicia - V: Tribunal de Cuentas - VI, Parte B: Comité de las Regiones.

Publicado en:
«DOCE» núm. 168, de 3 de julio de 1999, páginas 19 a 19 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1999-81325

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO,

- Visto el apartado 10 del artículo 272 del Tratado CE,

- Vistos los apartados 2 y 3 del artículo 22 del Reglamento financiero,

- Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero correspondientes al ejercicio 1997 [SEC(98)0521

-C4-0353/98],

- Visto el Informe de la Comisión de control presupuestario (A4-0199/99),

En lo relativo al Tribunal de Justicia

1. Constata el importante ahorro conseguido mediante la celebración de una cláusula adicional al Acuerdo de alquiler-compra de los inmuebles anejos al Palais, como consecuencia del pago anticipado de 50 millones de ecus durante el ejercicio precedente.

2. Toma nota del compromiso del Gobierno luxemburgués de hacerse cargo de la relocalización provisional de los ocupantes del edificio Palais en un edificio de oficinas provisional mientras duren las obras de remodelación y ampliación del primero, así como de los gastos de la mudanza al edificio provisional y del posterior retorno al Palais al término de las obras.

3. Pide una vez más que el Tribunal de Justicia mejore sus previsiones financieras (artículo 2 7 0), así como la gestión de los recursos presupuestarios (partida 1 4 1 0).

4. Reprueba que, a raíz de una transferencia de un artículo a otro, se hayan utilizado créditos destinados al sector informático par la compra de vehículos, lo que demuestra una programación ineficaz de los trabajos en el marco de la elaboración del presupuesto.

En lo relativo al Tribunal de Cuentas 5. Recuerda que el número total de nuevas partidas autorizadas en 1997 y 1998 persigue un organigrama estable hasta el año 2001 inclusive.

6. Considera que determinadas actividades (capítulo 1 5), cuya dotación presupuestaria ha considerado insuficiente el Tribunal de Cuentas, habrían podido aprovechar las importantes disponibilidades creadas básicamente gracias a la evolución favorable de la paridad ecu/franco luxemburgués, contribuyendo así a la disminución de los créditos anulados.

En lo relativo al Comité de las Regiones

7. Expresa su descontento por la programación aleatoria de las actividades del Comité de las Regiones, que obligó a una importante transferencia de créditos de una artículo a otro nada más iniciarse el ejercicio de 1997.

8. Pide al Comité de las Regiones que mejore sensiblemente la calidad de sus previsiones presupuestarias para que los recursos financieros puestos a su disposición por la Autoridad Presupuestaria puedan utilizarse de manera óptima.

9. Recuerda su petición al Tribunal de Cuentas de comprobar lo bien fundado y la eficacia del conjunto de medidas tomadas por el Comité de las Regiones, con el fin de que no se reproduzcan las irregularidades señaladas en el Informe anual de 1996; pide al Tribunal de Cuentas que presente un Informe al respecto antes del 30 de septiembre de 1999.

10. Aprueba la gestión del Secretario del Tribunal de Justica y de los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas y del Comité de las Regiones en lo relativo a la ejecución de sus respectivos presupuestos para el ejercicio 1997.

11. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión a las instituciones y al órgano consultivo interesados y que garantice su publicación en el Diario Oficial (Serie L).

El Secretario General del Parlamento Europeo

Julian PRIESTLEY

El Presidente del Parlamento Europeo

José María GIL-ROBLES

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 04/05/1999
  • Fecha de publicación: 03/07/1999
Materias
  • Comité de las Regiones
  • Presupuestos comunitarios
  • Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas
  • Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

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