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Documento DOUE-L-1999-80493

Reglamento (CE) nº 589/1999 de la Comisión, de 18 de marzo de 1999, que modifica el Reglamento (CE) nº 2693/98 por el que se establece la posibilidad de celebrar contratos de almacenamiento privado a largo plazo para el vino de mesa, el mosto de uva, el mosto de uva concentrado y el mosto de uva concentrado rectificado para la campaña 1998/99.

Publicado en:
«DOCE» núm. 74, de 19 de marzo de 1999, páginas 7 a 7 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1999-80493

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1627/98 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 32 y su artículo 83,

Considerando que el artículo 4 del Reglamento (CE) n° 2693/98 de la Comisión (3), establece que el mosto de uva y el mosto concentrado de uva pueden utilizarse para la fabricación de zumo de uva o comercializarse para la exportación; que durante estas operaciones se pueden producir pérdidas debidas al transvase, al bombeo o a ambos; que este hecho debe tenerse en cuenta;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 2 del artículo 4 del Reglamento (CE) n° 2693/98 se añadirá el siguiente párrafo: «Se considerará que se han utilizado totalmente para los fines previstos los productos contemplados en el apartado 1 cuando se emplee al menos el 97 % de las cantidades objeto de un contrato de almacenamiento.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de marzo de 1999.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

_____________________

(1) DO L 84 de 27. 3. 1987, p. 1.

(2) DO L 210 de 28. 7. 1998, p. 8.

(3) DO L 338 de 15. 12. 1998, p. 8.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 18/03/1999
  • Fecha de publicación: 19/03/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 22/03/1999
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 4.2 del Reglamento 2693/98, de 14 de diciembre (Ref. DOUE-L-1998-82220).
Materias
  • Agrupaciones de productores agrarios
  • Almacenes
  • Contratos
  • Mosto

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